El Arbitraje

El arbitraje es un procedimiento extrajudicial mediante el cual, por mutuo acuerdo entre las partes, un conflicto se presenta ante un árbitro o un tribunal de varios árbitros que dicta una decisión sobre la controversia, la cual resulta vinculante para las partes1. En este sentido, las partes, en vez de acudir a los tribunales de justicia, optan por un procedimiento alternativo y privado de solución de conflictos. La Ley No. 489-08 sobre Arbitraje Comercial, en su considerando primero, establece que el arbitraje es una figura jurídica que constituye ser una alternativa real para prevenir y solucionar de manera adecuada, rápida y definitiva los conflictos que se susciten en las transacciones de comercio nacional e internacional.

Esta figura jurídica se ha caracterizado por ser un proceso personalizado, consensual y neutral, por lo que ninguna de las partes gozará de ventajas sobre la otra. De igual modo, se caracteriza por su confidencialidad, ya que busca salvaguardar los intereses de ambas partes, como por ejemplo: el secreto comercial.

La legislación dominicana dispone que podrán someterse a arbitraje las controversias sobre materias de libre disposición y transacción, conforme a las disposiciones civiles y comerciales aplicables, incluyendo aquellas en las que el Estado fuere parte. En cambio, no podrán ser objeto de arbitraje aquellos conflictos relacionados con el estado civil de las personas, dones y legados de alimentos, alojamiento y vestidos, separaciones entre marido y mujer, tutelas, menores y sujetos a interdicción o ausentes. Asimismo, queda fuera del alcance de esta figura legal las causas de orden público y todos aquellos conflictos que no sean susceptibles de transacción.

Para el caso particular de solución de controversias que tengan su origen en un contrato, el mismo deberá contener una cláusula donde se establezca de manera clara que cualquier controversia, disputa o reclamación derivada del mismo, será resuelta mediante arbitraje.

Luego de que el árbitro encargado de un caso tome una decisión acerca del mismo, se emitirá un laudo arbitral, que no es más que la resolución que pone fin al procedimiento. El mismo es ejecutable una vez se haya sido reconocido y tiene carácter definitivo.

1 ¿Qué es el arbitraje? Organización Mundial de la Propiedad Industrial. Obtenido el día 12 de abril de 2015, desde: http://www.wipo.int/amc/es/arbitration/what-is-arb.html.

Escrito por: María José Dosal